ER Diario
18/02/2020

Desde la UCR promueven Ley de ética pública

Lo impulsa el diputado provincial Eduardo Solari y propone “restablecer un vínculo ético entre el gobierno, los legisladores y la sociedad civil”. Ya existe un proyecto con media sanción de Zavallo (PJ).

El diputado provincial Eduardo Solari (UCR) presentó un proyecto de Ley de Ética Pública que tiene, según contó, por objeto “restablecer un vínculo ético entre el gobierno, los legisladores y la sociedad civil como forma de garantizar reglas de transparencia que acompañen las demandas públicas y en el cual, además, se reglamenta lo dispuesto en el Artículo 37º de la Constitución Provincial”.

 

Existe un proyecto de Ley de Ética Pública con media sanción en Diputados. Lo presentó el 10 de febrero de 2016 el diputado Gustavo Zavallo (PJ). Ese mismo proyecto, el 6 de julio de ese año, obtuvo media sanción. En el Senado de Entre Ríos fue tratado en la sesión del 13 de diciembre de 2018. Allí fue aprobado en general y en particular pero es devuelto en revisión a Diputados. El 12 de marzo de 2019 toma estado parlamentario en la Cámara Baja y seis días más tarde es enviado a las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento. Ahí se encuentra al día de la fecha.

 

“La legitimidad de las autoridades del Poder Ejecutivo y los legisladores no sólo se logra a través de las elecciones, sino que es con transparencia y honestidad que conseguiremos el respeto popular a nuestro sistema de gobierno, con el fin de fortalecer la democracia y los principios republicanos”, afirmó el legislador provincial.

Por esta razón, el proyecto de ley dispone que las declaraciones juradas de bienes sean presentadas antes y después de cumplida la función, “pero lo más importante es que sean públicas y de acceso libre para cualquier ciudadano, de manera tal que el pueblo conozca sin condicionamiento alguno el patrimonio de sus representantes”, agregó Solari.

Además, este proyecto busca eliminar todo posible beneficio a funcionarios que tuvieren intervención en la concesión de servicios y en la contratación de obras con motivo de su función pública.

Para su ejecución y en garantía de lo establecido, propone crear una Comisión Provincial de Ética Pública que funcionará como órgano independiente y con autonomía funcional, debiendo estar integrada por cinco ciudadanos de reconocidos antecedentes y prestigio público, los cuales no podrán pertenecer a los entes que los designen ni ser funcionarios públicos, cumpliendo su cometido en forma Ad Honorem.

En el capítulo referido a Incompatibilidades, Prohibiciones y Conflictos de Intereses, el proyecto dice que “es incompatible con el ejercicio de la función pública: a) Dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar o, de cualquier otra forma, prestar servicio a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado Provincial, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades. b) Ser proveedor, por sí o por terceros, de todo organismo del Estado Provincial donde desempeñe sus funciones”.

Respecto de la Publicidad de actos de Gobierno dice, en el artículo 9º, que “la publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos provinciales, deberán tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella, nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos”.

En cuanto a los obsequios a funcionarios públicos, propone que “no podrán recibir regalos, obsequios o donaciones sean de cosas, servicios o bienes, con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones. En el caso de que los obsequios sean de cortesía o de costumbre diplomática, la autoridad de aplicación reglamentará su registración y en qué casos y cómo deberán ser incorporados al patrimonio de la provincia de Entre Ríos, para ser destinados a la atención con fines de salud y acción social o al patrimonio histórico cultural, si correspondiere”.

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