ER Diario
23/10/2020

Imponen restricción de acercamiento de Luis Etchevehere a Dolores

La medida rige por 30 días e incluye a Juan Diego, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor.

El juez subrogante de la ciudad de La Paz, Raúl Flores resolvió hoy disponer medidas de protección en el marco de la Ley de Violencia de Género, en beneficio de Dolores Etchevehere,  las que deberán ser cumplidas por: Luis Miguel, Juan Diego, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor María Magdalena Marcial Barbero de Etchevehere por el plazo de 30 días, según describió la Agencia APF.

La resolución del magistrado se da en el marco de la denuncia de extorsión en contexto de violencia de género que realizó Dolores contra sus hermanos y su madre. Por ello, Flores determinó el cese de cualquier acto violento, molesto e intimidatorio hacia Dolores Etchevehere y las personas allegadas a la misma que se encuentran en el interior del Establecimiento Rural Casa Nueva junto a ella, por cualquier medio y por sí o por interpósita persona.

Además, les prohibió el acercamiento al Casco del establecimiento rural Casa Nueva, sito en localidad de Santa Elena; lugar donde se encuentra actualmente Dolores Etchevehere; debiendo respectar el cordón policial preventivo, ubicado en el ingreso sobre Ruta Provincial N° 48; así como también el acercamiento a cualquier lugar público y/o privado en que la denunciante y las personas allegadas a la misma que se encuentran en el interior del Establecimiento Rural Casa Nueva junto a ella se encuentren.

Tampoco podrán realizar actos violentos, molestos y/o perturbadores tanto a la denunciante como a su grupo familiar y social, y allegados, por sí o por interpósita persona y por cualquier medio radial, televisivo y/o redes sociales.

El magistrado dispuso librar oficio a la Comisaría N° 17 de Paraná, a fin de que procedan a notificar a Luis Miguel, Juan Diego y Arturo Sebastián Etchevehere y a  Leonor María Magdalena Marcial Barbero de Etchevehere, de la resolución bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento, incurrirán en el delito de desobediencia judicial previsto en el art. 239 del Código Penal, a la vez que su incumplimiento será evaluado negativamente en caso de que debiera ser indagado por los hechos que motivaron el inicio de la presente investigación.

Fuente: Agencia APF – Entre Ríos Diario